El acoso y su protección especialmente penal
La regulación jurídico-penal del acoso familiar y no familiar se establece con la LO 1/2015, de 30 de marzo, que lo tipifica como delito en el art. 172 ter CP, también conocido como acecho o stalking, dentro de los delitos contra la libertad y con una técnica restrictiva al establecer las formas de acoso de un modo tasado; y aunque es un delito común, se estableció en el marco de la violencia de género para proteger especialmente a la mujer. El nuevo delito que viene a colmar la ausencia de un tipo penal específico para combatir las conductas de acoso persecutorio, ofrece respuesta...